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Carta abierta de Francisco Roca a los Presidentes ACB

Adjuntamos la carta enviada por Francisco Roca, Presidente de la ACB, a los Presidentes de los Clubes ACB, en relación a los ascensos y descensos de la Liga Endesa

Francisco Roca, en primer plano (ACB Photo)
© Francisco Roca, en primer plano (ACB Photo)
  


Estimados Presidentes

El pasado día 2 de junio de 2015 el club C. Ourense SAD ganó el quinto partido del playoff de ascenso a la ACB en el marco de una serie final contra el B. Breogán SAD. El resultado obtenido en la cancha de baloncesto supuso el ascenso deportivo del club C. Ourense SAD a la ACB, si bien, además del ascenso deportivo, es preciso cumplir con un procedimiento en el que el citado club se encuentra inmerso en este momento y que concluirá en los próximos días.

En el transcurso del citado proceso de admisión, el club aportó numerosa documentación requerida y realizó el pago del Fondo de Regulación de Ascensos y Descensos, la cuota del valor patrimonial, el importe de las acciones de ACEB INVEST SL y el pago del IPC de la cuota de entrada, cantidades totales que ascienden a 2.926.634 euros.

Con posterioridad a lo indicado, en el día de ayer el C.B. Fuenlabrada SAD, en el marco de una rueda de prensa, manifestó que el pago de las cantidades económicas requeridas al club que ha obtenido el ascenso deportivo se había realizado fuera de plazo y que de haberse concedido un aplazamiento hubiera sido preciso el acuerdo de la Asamblea General. No es cierta ni una cosa ni la otra, como seguidamente explicaré. El C.B. Fuenlabrada SAD también acusaba a este Presidente de “querer echar” al club de la competición con engaños, además de emitir otras acusaciones muy graves que deberán ser objeto de análisis y reflexión por mi parte para la toma de decisiones finales, pero que son totalmente falsas.

Como Presidente de la ACB considero que era adecuado y legal aceptar el pago realizado por el C. Ourense SAD el día 15 de junio. La razón es fácil de entender: el día 14 de junio era domingo y las entidades bancarias no consideran como hábiles el sábado y el domingo. Siguiendo el procedimiento habitual que existe en el ámbito administrativo (artículo 48.3 de la Ley 30/1992), en el ámbito civil (jurisprudencia y sentencias judiciales en firme) y en el propio texto estatutario, juzgué lógico y legal que el plazo debía entenderse válido hasta el día hábil inmediatamente siguiente, es decir, el lunes 15 de junio, fecha en la que se realizó el mencionado ingreso en las cuentas de la ACB por parte del club ascendido deportivamente.

Es importante destacar también que este Presidente no ha “echado” al C.B. Fuenlabrada SAD de la competición. El club ha descendido deportivamente al ocupar la última plaza de la competición y, como es lógico y comprensible, tiene la expectativa de volver a la ACB si no se produce el ascenso del C. Ourense. Esta posibilidad, sin embargo, no la otorga o deniega el Presidente de la ACB.

Como todos sabéis, la decisión de aceptar el ingreso de las cantidades económicas es solo una parte del proceso de ascenso de un club a las competiciones de la ACB, ya que éste debe cumplir otros muchos requisitos. La decisión final es competencia exclusiva de la Asamblea de Clubes, a quien corresponde adoptar el acuerdo de admisión de un nuevo socio.

Por todo lo expuesto, considero que lo más conveniente y adecuado en esta situación es celebrar una Asamblea General el próximo día 3 de julio, fecha en la que habrá concluido el expediente y donde se deberá adoptar el acuerdo que proceda tras el análisis y ponderación de todas las circunstancias por parte de los clubs miembros de la ACB.